Hijo o menor acogido a cargo es aquel que conviva con el beneficiario y a sus expensas, siempre que sea menor de 18 años o, siendo mayor de esa edad, esté afectado por una minusvalía igual o superior al 65%.

Los ingresos anuales no deben ser superiores a 8.495,69 €. Dicha cuantía se incrementa en un 15% por cada hijo, a partir del segundo, incluido éste.

 

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