Home / Noticias  / Ayuntamiento  / Plan de empleo diputación 2015

Plan de empleo diputación 2015

BASES PLAN DE EMPLEO OCTUBRE DE 2015 Se ha efectuado adjudicación a favor de este Ayuntamiento por parte de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, para la contratación de: 16 peones a jornada completa durante

BASES PLAN DE EMPLEO OCTUBRE DE 2015

Se ha efectuado adjudicación a favor de este Ayuntamiento por parte de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real, para la contratación de: 16 peones a jornada completa durante tres mes, 1 monitor de informática durante 3 meses 12 h semanales encuadrada dentro del segundo Plan de Empleo de Diputación para el año 2015, así como 6 contratos como peón de 15 días de duración cada uno, para personas que necesiten entre 1 y 15 días para tener derecho a cobrar una prestación con cargo al Plan de empleo de Diputación para el año 2015.

1º.- Encuadrado dentro de los Planes de Empleo concedidos por la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real para el año 2015, se contemplan la acciones programadas por este Ayuntamiento. Acciones a ejecutar conforme a lo exigido por la referida Administración.

2º.- En esta convocatoria se realizarán 8 contratos de peones de jardinería, 8 contratos de peones de albañilería a jornada completa, 35 horas semanales con una duración de tres meses,1 monitor de informática durante tres meses 12 h semanales ,así como 6 contratos como peón de 15 días para personas que necesiten entre 1 y 15 días para tener derecho a cobrar una prestación ( con excepción de los contratos que se puedan generar por sustitución de trabajadores contratados ), que computará a todos los efectos para la exclusión aplicada en la mayoría de los planes de empleo de doce meses sin poder ser seleccionados para otros planes a excepción que faltasen candidatos, cumpliéndose las condiciones y prioridades exigidas en la convocatoria realizada y en base al Real Decreto que rige ese Plan de empleo en concreto.

Los Seleccionados serán contratados por este Ayuntamiento de entre los desempleados que estando inscritos en la oficina pública de empleo, presenten solicitud en el Registro General de este Ayuntamiento en el plazo desde el 8 de Octubre al 22 de Octubre de 2015, ambos inclusive.

Es interés de esta Corporación que se observe todo lo previsto en las convocatoria publicadas en el BOP que regulan estos planes de empleo y lo dictaminado en la resoluciones de 2015 donde se conceden los fondos para el desarrollo de estos Planes de empleo en nuestra localidad.

Entre los solicitantes pueden concurrir trabajadores con discapacidad igual o superior al 33 %, aportando copia de la resolución donde se estableció su discapacidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria del Plan de Empleo y su discapacidad no le impida el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo ofertados.

3º.- Grupos prioritarios a la hora de establecer la selección:

1.- Peones inscritos en la Oficina Pública de Empleo.

2.- Mujeres víctimas de violencia de género ( con sentencia en vigor ).

3.- Llevar más de doce meses sin trabajar mediante contrato por el ayuntamiento.

4.- Mayores cargas familiares.

5.- Mayor edad.

4.- Requisitos a cumplir por los aspirantes:

Para poder ser seleccionados como participantes dentro del planes de empleo de Diputación, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha en la cual se proceda a la selección:

a.) Ser español/a, o nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea, en los términos previstos en el Art. 57 de la ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público. Así mismo, los extranjeros residentes legalmente en España podrán acceder a los puestos convocados y reservados para personal laboral siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación.

b.) Ser mayor de 18 años.

c.) No haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.

d.) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto de trabajo, siendo necesario estar en posesión Titulo de Grado medio o superior relacionado con informática en el caso de monitor de informática.

e.) No haber sido separado/a mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

f.) No hallarse incurso en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.

g.) Encontrase inscritos en la Oficina del Servicio Público de Empleo con plena disponibilidad, adecuándose la selección a la estructura de la demanda de empleo que presenta el Ayuntamiento de Herencia.

5.- Se encontrarían excluidos de participar en este plan de empleo:

a.) No tener una antigüedad mínima de tres meses como demandante de empleo, en la oficina pública de empleo ( esta antigüedad podrá tener una excepción siempre que se haya perdido por contratos con una duración de entre 1 a 5 días, de cualquier tipo de jornada, así como aquellas personas que hayan tenido un contrato vinculado a la recolección de la uva, hecho este que se justificará mediante la aportación de la vida laboral, contrato de trabajo y certificado de periodos de inscripción en la oficina de empleo). Este requisito será exigible a la fecha de inicio de presentación de instancias, teniendo que mantenerse a la hora de formalizar contrato, decayendo los derechos de los trabajadores en el momento que se compruebe la falta de este requisito. Este requisito no será exigible en aquellas personas que se presenten a las plazas de peón para 15 días, siempre y cuando demuestren la necesidad del mencionado contrato para generar una prestación.

b.) Haber estado contratado por el Ayuntamiento de Herencia en el transcurso de los doce meses anteriores a la fecha de inicio de presentación de solicitudes. Este requisito no será exigible en aquellas personas que se presenten a las plazas de peón para 15 días, siempre y cuando demuestren la necesidad del mencionado contrato para generar una prestación.

c.) Que algún miembro de la unidad familiar hubiera estado contratado en el Ayuntamiento de Herencia los 6 meses anteriores a la fecha de inicio de presentación de solicitudes. Este requisito no será exigible en aquellas personas que se presenten a las plazas de peón para 15 días, siempre y cuando demuestren la necesidad del mencionado contrato para generar una prestación.

d.) Las personas mayores de 65 años y los menores de 18 , salvo que tenga cargas familiares o excepcionalmente cuando no existan suficientes personas desempleadas para cubrir los puestos ofertados.

e.) Solicitantes en cuya unidad familiar ya este contratado un miembro por el Ayuntamiento de Herencia en planes o talleres de formación/empleo, que se desarrollen coincidiendo en todo o en parte con este plan, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos libres a cubrir.

f.) Quedarán excluidos de la selección para este Plan aquellos solicitantes que se compruebe que han omitido o falseado su declaración jurada sobre percepción de ingresos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.

g.) Haber sido seleccionado para ser contratado en otro Plan de Empleo por este Ayuntamiento y haber renunciado, sin justa causa , en el transcurso de los doce meses anteriores a la fecha de la selección.

h.) Los contratados en otros planes de empleo desde 1 del enero de 2015, que haya detentado una notoria falta de interés y actitudes contrarias al cumplimiento de las tareas asignadas por los empleados o responsables municipales, así como un reiterada falta de puntualidad y/o no cumplimento de las normas sobre prevención de riesgos laborales y previo expediente disciplinario al efecto.

6.- Baremo de puntuación:

a.) Tiempo desde el último contrato con el Ayuntamiento de Herencia hasta la fecha de la presente convocatoria.

Desde 1 año hasta 2 años      1 punto
Desde dos años y un días a tres años      2 puntos
Más de tres años      4 puntos

 

b.) Situación económica de la unidad familiar a fecha de solicitud:

Unidad familiar sin ingresos o con ingresos mensuales hasta 300 €      5 puntos
Unidad familiar con ingresos desde 301 € hasta 600 euros al mes      3 puntos
Unidad familiar con ingresos desde 601 € hasta 900 € mes      2 puntos
Unidad familiar con ingresos iguales o superiores a 901 € al mes      1 punto
Los solicitantes con tarjeta de familia numerosa      1 punto

c.) Por empadronamiento en el municipio:

Más de 10 años      10 puntos
Entre 5 años a 10 años a fecha de convocatoria      5 puntos
Otras situaciones de residencia.      1 puntos

d. ) Otras situaciones:

Solicitantes con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %
pero sin recibir ningún tipo de prestación ni pensión
     3 puntos
No tener ingresos de rendimientos de trabajo, ni ser beneficiario de
ningún tipo de prestaciones tanto contributivas como asistenciales,
así como pensiones o ayudas de ningún tipo
     5 puntos

7.- Todos los aspirantes deberán presentar la solicitud específica en el Registro General del Ayuntamiento, solicitud que se facilitará en el mismo registro del Ayuntamiento, y que también estará disponible en el Web del Ayuntamiento y en el Centro de Formación y Empleo, en el plazo comprendido entre el 8 de Octubre al 22 de Octubre de 2015, ambos inclusive, acompañando según sus circunstancias personales la siguiente documentación:

  1. Copia del DNI.

  2. Autorización de forma expresa al Ayuntamiento para dirigirse a otras Administraciones Públicas a efectos de incorporar a los expedientes de selección, los datos personales que consten en otras Administraciones Públicas, tanto de inscripción en el Servicio Público de Empleo, de los ingresos de cualquier tipo y naturaleza que declara el solicitante o los miembros de su unidad familiar, así como aquellas otras de naturaleza fiscal, siendo motivo de exclusión el omitir o falsear cualquiera de los datos aportados, pudiendo en cualquier momento el Ayuntamiento requerir al solicitante cualquier documentación para comprobar los datos declarados si estos no pudieran ser comprobados de oficio.

  3. Tarjeta de demandante de empleo en vigor, en el caso de que se hubiera procedido a sellar por internet el correspondiente justificante del mismo.

  4. Libro de familia donde consten las cargas familiares o documento que los acredite.

  5. Tarjeta de familia numerosa si fuera el caso.

  6. Tarjeta de discapacitado o resolución reconociendo la discapacidad.

  7. En caso de ser víctima de violencia de género sentencia en vigor acreditando este hecho.

  8. En el caso de presentarse a la plaza de monitor de informática, Titulo de Grado medio o superior relacionado con informática.

  9. En el caso de presentarse a los contratos como peón con una duración de 15 días deberán presentar documentación que pueda acreditar el hecho de la necesidad de la cotización de estos días para tener derecho a una prestación.

  10. Declaración jurada donde consten los ingresos de la unidad familiar, de cualquier naturaleza, en cuantía mensual, excluyéndose del computo de estos ingresos los obtenidos por:

– Los de los progenitores del solicitante si éste es mayor de 25 años de edad o tiene cargas familiares.

– Los de los descendientes de los solicitantes si los descendientes son mayores de 25 años de edad o tiene a su vez cargas familiares.

8.- Proceso de selección:

a.) Conforme a lo establecido por la legislación sobre los planes de Empleo de la Diputación y lo establecido para los tribunales de selección del personal en el ámbito de las Administraciones Públicas.

b.) El Ayuntamiento se reserva un 10 % del total de los puestos a cubrir para personas con informe social, un 5 % para personas con discapacidad igual o superior al 33 %, y otro 5 % para personas victimas de violencia de género. En el caso de no cubrirse las plazas reservadas, pasarán al computo general de plazas, así como de no cubrirse los contratos de 15 días para peones también se pasarán al computo general.

9.- En caso de producirse un empate entre distintos solicitantes, se atenderá al siguiente procedimiento:

  1. Quien lleve más tiempo inscrito como demandante de empleo.

  2. Quien tenga un número mayor de cargas familiares.

  3. De persistir el empate, se atenderá a la fecha de nacimiento, siendo preferente el de mayor edad.

En Herencia a 5 de Octubre de 2015.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

Fdo.- Sergio García-Navas Corrales



Recibe nuestras alarmas, noticias y actualizaciones en Whatsapp

    Teléfono con Whatsapp *

    Resumen de privacidad

    Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.