A modo de introducción, y de acuerdo con lo establecido en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y en el Estatuto del Consumidor de Castilla-la Mancha, las Oficinas Municipales de Información al consumidor tendrán las siguientes funciones:
La información, ayuda y orientación a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos.
La indicación de las direcciones y principales funciones de otros centros públicos o privados, de interés para el consumidor o usuario.
La recepción, registro y acuse de recibo de quejas y reclamaciones de los consumidores o usuarios y su remisión a las entidades u organismos correspondientes.