Van dirigidas a todas las ciudadanas y ciudadanos que, encontrándose en estado de necesidad, carezcan de los recursos económicos suficientes para su subsistencia, aunque no hayan cotizado.

 

Requisitos:

Carecer de ingresos suficientes. Los ingresos de que disponga tendrán que ser inferiores a 3.868,20 €.

No obstante, aunque sus ingresos sean inferiores a 3.868,20 € anuales, se tiene en cuenta los del cónyuge, hijos, padre, madre, abuelos, nietos y hermanos con los que conviva.

Tener 65 o más años.

Residir en territorio español.

 

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